La ley vicaria en Hidalgo es un hecho

 

La violencia vicaria, es el daño provocado a una mujer a través de acciones u omisión que perjudique físicamente o psicológicamente a sus hijas, hijos, personas con algún parentesco o una relación afectiva. La persona agresora será aquella con quien la mujer mantenga o haya tenido una relación, matrimonio, concubinato, o de parentesco con consanguinidad o a finalidad, con o sin convivencia, así quedo dispuesto en el código penal para el Estado de Hidalgo desde el 24 del presente año.

La diputada Erika Rodríguez, impulsadora de esta reforma, menciona que “es un gran avance que se logró con la voluntad política y sobre todo con la responsabilidad de las y los legisladores integrantes de la LXV Legislatura, que sigue dando pasos firmes para hacer realidad un trabajo legislativo con perspectiva de género, que como en este caso, se dirija hacia la erradicación, de la violencia de género”.

Menciono la diputada “Hay algunas voces que se han manifestado sugiriendo que la reforma está incompleta, sin embargo, recordemos que fuimos la tercera entidad en legislar sobre la violencia vicaria y que es un tema nuevo en México, jurídicamente hablando, que puede irse perfeccionando en la ley para proteger a las mujeres que sean víctimas de esta conducta y por supuesto que estamos abiertos a escuchar las propuestas que con toda responsabilidad y sensatez busquen mejorar la normatividad vigente”.

Érica Rodríguez dejo muy en claro “las penas para quien cometa el delito de violencia vicaria de acuerdo con el Código Penal son de uno a seis años de prisión, el pago de una multa de 50 a 100 días y perderá el derecho de pensión alimenticia, en caso de que lo tenga. Asimismo, el agresor se sujetará a tratamiento psicoterapéutico reeducativo especializado para personas agresoras”.

y por menciono la legisladora, “es importante mencionar que la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, en su artículo 242, estipula que la patria potestad se pierde, entre otras causales, por cometer conductas de violencia familiar descritas en el artículo 243 Bis, del mismo Código Penal, artículo que incluye la violencia vicaria, esta disposición busca proteger a las niñas o niños del agresor y conservarlo con su madre o con quien el juzgador determine atendiendo al interés superior de la niñez”.

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